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Certificado de Persistencia en Málaga
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CERTIFICADO DE PERSISTENCIA MÁLAGA


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CERTIFICADO DE PERSISTENCIA EN MÁLAGA


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¿Qué es un Certificado de Persistencia en Málaga?



Un Certificado de persistencia es un Certificado que es emitido por un Técnico Competente y es un documento que se asegura que las instalaciones de un determinado establecimiento (que ejerce normalmente una actividad no calificada) cumple con la normativa vigente de seguridad en cuanto a sus instalaciones.

Este Certificado de Persistencia Málaga suele ser exigido por algunos Ayuntamientos (como el de Málaga, entre otros de la Provincia de Málaga) para el trámite de la Licencia de Apertura en locales comerciales que no han sufrido modificaciones, ni cambio de actividad o uso y motivado por un cambio de titularidad de la propia actividad.

¿En qué consiste un Certificado de Persistencia en Málaga y Provincia?


Los Certificados de persistencia en Málaga, consiste en certificar que las condiciones del negocio persisten, es decir, que no se han producido cambios ni de instalaciones o estructurales desde el momento de la concesión de la licencia de apertura o declaración responsable.

¿Qué documentación hay que presentar en el Ayuntamiento de Málaga para un Certificado de Persistencia?


Para aquellos establecimientos dentro del municipio de Málaga que mantengan íntegramente las condiciones de la Licencia de Apertura anterior en lo referente a la distribución, instalaciones de protección contra incendios, medidas técnico-sanitarias, etc., y que constan en el Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, lo cual, se puede comprobar solicitando previamente la correspondiente Vista del Expediente por parte del Técnico Competente contratado para la realización del Certificado de Persistencia en Málaga, podrán solicitar el Cambio de Titularidad y para ello, se tendrá que presentar la siguiente documentación:

A) Documentación Administrativa para el Certificado de Persistencia:


Impreso de Declaración Responsable, según modelo normalizado por duplicado y suscrito por el titular de la actividad o representante debidamente autorizado.

Identificación del titular. En el caso de personas físicas bastará con fotocopia del N.I.F. o N.I.E. En el caso de personas jurídicas deberá aportar, además de la fotocopia del C.I.F., fotocopia del documento acreditativo de la capacidad legal de la persona que ostente la representación acompañado de fotocopia de su N.I.F. o N.I.E.

Identificación del Local. Copia de la escritura de propiedad del local, del contrato de arrendamiento, o documento equivalente sobre el establecimiento que acredite la titularidad o disponibilidad de uso sobre el mismo.

Comunicación firmada por el anterior titular de la transmisión de la licencia de apertura o declaración responsable a su favor (Carta de Cesión de Derechos). En caso de imposibilidad debidamente acreditada de la comunicación, se admitirá documento público o privado acreditativo de la circunstancia (escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, etc.).

B) Documentación Técnica:


Certificado de Persistencia Málaga (dos ejemplares), según modelo normalizado, firmado por Técnico Competente.

Certificado de Persistencia en Málaga

Por otra lado, para abrir un negocio en Málaga capital o cualquier otro municipio de la provincia de Málaga no siempre es necesario obtener una licencia de apertura previa, en ocasiones basta con una Declaración Responsable.

Hay que tener en cuenta, que independientemente de la actividad que se quiera ejercer con la apertura de un nuevo negocio, del tamaño del local comercial donde se vaya a realizar dicha actividad o del municipio en que se localice la apertura del nuevo negocio, se deberá iniciar un trámite administrativo, disponer o presentar documentación técnica sobre el local comercial y las instalaciones que lo componen y pagar las tasas correspondiente el ayuntamiento del municipio en cuestión.

Por tanto, lo primero:

¿Qué es una Declaración Responsable Málaga?


La Declaración Responsable Málaga es un documento que es suscrito por la persona titular de una actividad empresarial o profesional en el que declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad.

¿Cuándo puedo realizar una Declaración Responsable en Málaga?


Veamos lo que dice la legislación: si la actividad o negocio que se va a ejercer se encuentra agrupado en alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (Real Decreto 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas) seleccionados en el anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, y además dicha nueva actividad económica o nuevo negocio se va a desarrollar o ejercer en un local comercial de menos de 300 m2 de superficie útil de exposición y venta al público, en este caso, las distintas Administraciones Públicas no van a exigir la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad que sujeten a previa autorización el ejercicio de la actividad comercial o la posibilidad de apertura del establecimiento, siendo en estos casos sustituida la tramitación de dichas licencias por la presentación de una Declaración Responsable o Comunicación Previa.

Apunte importante sobre la Declaración Responsable:


Al realizar la Declaración Responsable en Málaga y Provincia no significa que no deba iniciarse ningún trámite administrativo, que no deba disponerse de documentación técnica, o que no deba pagarse una tasa en el ayuntamiento del municipio correspondiente y por tanto, no significa que la administración pública no pueda realizar una inspección al negocio o imponer sanciones.

Por tanto, si el emprendedor va a realizar la apertura de un negocio, digamos por ejemplo, una peluquería, o una carnicería, o una zapatería o cualquier otro establecimiento en un local comercial de menos de 300 m2 de superficie útil, no se va a necesitar tramitar una licencia previa de instalaciones pero sí una Declaración Responsable o Comunicación Previa, acompañada de una serie de documentos técnicos tales como certificados técnicos acreditativos de cumplimiento de normativa realizados por Técnico Competente, planos o fotografías.

Podemos decir que la Declaración Responsable o Comunicación Previa es un documento que deberá contener una manifestación explícita por parte del promotor de la actividad o negocio del cumplimiento de aquellos requisitos que resulten exigibles de acuerdo a la normativa vigente y además de estar en posesión de la documentación técnica que así lo acredite, es decir, certificados técnicos, planos y, en su caso, proyectos técnicos.

Una vez que se ha realizado un procedimiento de Declaración Responsable en Málaga o cualquier otro municipio malagueño, se tiene la libertad de abrir nuestro negocio de forma inmediata a la presentación de la Declaración Responsable y de la documentación técnica que sea necesaria aportar, realizándose la inspección por parte de la Administración de forma posterior a la apertura del establecimiento o negocio lo que supone una ventaja a la hora de acortar los trámites administrativos o burocráticos.

¿Qué actividades se pueden tramitar por Declaración Responsable en Málaga y Provincia?


Las actividades económicas o negocios que el emprendedor podrá tramitar mediante Declaración Responsable serán en general aquellas actividades que por su naturaleza no representen ningún peligro para la salud, el medio ambiente o para las personas, es decir, las actividades inocuas que no conlleven obra mayor y que además, como ya hemos hecho hincapié, que la superficie del local comercial donde se vaya a ejercer la actividad sea menor a 300 m2 de superficie útil.

Por tanto se van a poder tramitar mediante el procedimiento de Declaración Responsable Málaga:

Oficinas, Comercios, Papelerías, Pastelerías, Peluquerías, Comercios de alimentación, Agencias de viajes, Centros de Estéticas sin medicina, Consultas de Médicos, Consultas de Psicólogos, Tienda de regalos, Bazar, Tienda de ropa/boutique, Decoración, Ferretería, Floristería, Joyería, Juguetería, Locutorio, Parafarmacia, Perfumería, Tienda Bebés / Puericultura, Tienda de Bicicletas, motos, concesionario y artículos relacionados, Tienda de calzado. Zapatería., Tienda de deportes, Decomisos, Tienda de Móviles / telefonía / telecomunicaciones, Tienda de Música, Tienda de productos textiles del hogar y menaje, Tienda de ropa/boutique, Venta de muebles, Tienda de Videojuegos, Agencia de viajes, etc.


Certificado de Persistencia y Declaración Responsable en Málaga

Whatsapp para Certificado de Persistencia en Málaga

No obstante, habrá excepciones en algunos municipios, pero para ello lo mejor es consultar con un Técnico Competente antes de realizar ningún trámite.

Por otro lado y una duda muy frecuente es si bares y restaurantes se pueden tramitar por Declaración Responsable. Lamentablemente para los promotores de este tipo de negocios pertenecientes al grupo 67 del IAE, se ha de indicar que no se encuentran incluidas en el anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios y por lo tanto para la apertura en un local comercial de este tipo de actividad y que carezca de licencia de apertura anterior, será necesario, por tanto, tramitar una nueva licencia.

¿Cómo se tramita una Declaración Responsable en Málaga y Provincia?


Cada municipio malagueño dispone de su propio modelo de Declaración Responsable y de comunicación previa y por lo tanto, exige, además de su cumplimentación, el pago de una tasa cuyo importe económico varía en función del tipo de actividad o negocio, de la superficie del local comercial y de la zona del municipio donde se vaya explotar la actividad económica, y presentar en el ayuntamiento correspondiente o estar en posesión (podrá variar de unos municipios a otros) de la documentación técnica en la que se acredita el cumplimiento de la normativa actual vigente (Reglamento Electrotécnico, Código Técnico de la Edificación (C.T.E.), Reglamento de Instalaciones Térmicas (R.I.T.E.) y Ordenanzas Municipales entre otras normas).

Dado que hay inspecciones obligatorias por parte de Técnicos Municipales, es necesario la adaptación del local comercial a la normativa de aplicación vigente, por lo que se aconseja que la documentación técnica y el asesoramiento se realice con un Técnico Competente y especializado en la obtención de este tipo de Licencias.

Veamos las diferentes opciones para tramitar una Declaración Responsable en Málaga:


Actividad inocua.


Que son aquellas actividades económicas que no son molestas ni emiten ningún tipo de residuo peligroso, por lo tanto, no están sometidas a Calificación Ambiental, por ejemplo, dentro de este grupo estarían las peluquerías, Venta al menor de Ultramarinos sin Productos Frescos y Perecederos, Despachos de Pan, etc. Para saber si la actividad en la que se va realizar apertura de nuevo negocio está incluida en este apartado consúltenos y le asesoramos.

En este caso, por tanto, habrá  que presentar la siguiente documentación:

A. Documentación Administrativa:

Impreso tipo de Declaración Responsable, según modelo normalizado por duplicado y suscrito por el titular de la actividad o representante legal debidamente autorizado.

Identificación del titular. En el caso de personas físicas bastará con fotocopia del N.I.F. o N.I.E. En el caso de personas jurídicas deberá aportar, además de la fotocopia del C.I.F., fotocopia del documento acreditativo de la capacidad legal de la persona que ostente la representación acompañado de fotocopia de su N.I.F. o N.I.E.

Identificación del Local. Copia de la escritura de propiedad del local, del contrato de arrendamiento, o documento equivalente sobre el establecimiento que acredite la titularidad o disponibilidad de uso sobre el mismo.

B. Documentación Técnica:

Certificado de Síntesis Urbanística (dos ejemplares), según modelo normalizado, firmado por un Técnico Competente, o Informe Urbanístico de Viabilidad de Uso emitido por la GMU (si el local se encuentra en PEPRI CENTRO).

Certificado de Seguridad de las Instalaciones (dos ejemplares), según modelo normalizado, si la actividad dispone de una superficie útil inferior a 300 m2. En caso contrario, se deberá aportar Proyecto Técnico (dos ejemplares), acompañado de Certificado de la Dirección Técnica de las Instalaciones (dos ejemplares).

Actividad Calificada


Que son aquellas actividades consideradas molestas o que emiten algún tipo de residuo peligroso, y por lo tanto, están sometidas a Calificación Ambiental, tales como Bares, Asadores de Pollos o Talleres Mecánicos, entre otros casos, para saber si la actividad está incluida en este apartado, consúltenos y le asesoramos.

En este caso, por tanto, habrá  que presentar la siguiente documentación:

A. Documentación Administrativa:

Impreso tipo de Declaración Responsable, según modelo normalizado por duplicado y suscrito por el titular de la actividad o representante legal debidamente autorizado.

Identificación del titular. En el caso de personas físicas bastará con fotocopia del N.I.F. o N.I.E. En el caso de personas jurídicas deberá aportar, además de la fotocopia del C.I.F., fotocopia del documento acreditativo de la capacidad legal de la persona que ostente la representación acompañado de fotocopia de su N.I.F. o N.I.E.

Identificación del Local. Copia de la escritura de propiedad del local, del contrato de arrendamiento, o documento equivalente sobre el establecimiento que acredite la titularidad o disponibilidad de uso sobre el mismo.

B. Documentación Técnica:

Informe Urbanístico de Viabilidad de Uso emitido por la GMU.

Copia del Dictamen Favorable de Calificación Ambiental, emitido por Medio Ambiente.

Proyecto Técnico suscrito por Técnico Competente (dos ejemplares), acompañado de Certificado de la Dirección Técnica de las Instalaciones suscrito también por Técnico Competente (dos ejemplares).

En definitiva, los pasos para la tramitación de una Declaración Responsable son los siguientes:

Se prepara la Declaración Responsable según modelo oficial junto con el pago de las tasas municipales, el Proyecto Técnico o, en su defecto, la Documentación Técnica que se haya preparado.

Se presenta en el Ayuntamiento del municipio correspondiente y ya se obtiene la licencia para poder hacer las obras y abrir el negocio o actividad que se vaya a explotar.

Se realiza la adaptación del local comercial a la normativa vigente y se espera a que en 3 a 6 meses se persone un técnico del Ayuntamiento para ratificar la licencia.

Una vez tramitada la Declaración Responsable, ¿ahora qué?


Una vez tramitada la Declaración Responsable toca esperar a la inspección por parte de un Técnico Municipal. La Declaración Responsable no es solo un documento que se firma y se presenta junto con un plano del local comercial en el Ayuntamiento y ya se tiene la licencia correspondiente. Si la Declaración Responsable no está realizada por un Técnico Competente con experiencia en este tipo de trámites, y si no se adapta el local comercial a la normativa vigente, lo que sucederá es que cuando se realice la inspección por el Técnico Municipal nos encontraremos con un requerimiento de documentación bastante extenso y que un plazo más o menos corto de tiempo para adaptar el local comercial a la normativa vigente. Además, si en el requerimiento nos ponen una falta grave o muy grave esto conllevará, además, de un sanción económica por una multa.
Por este motivo se aconseja de forma encarecida que se consulte con un Técnico antes de solicitar o tramitar una licencia de actividad.

Cuando nos sometemos al trámite de la Declaración Responsable, se tiene la libertad para abrir un negocio inmediatamente después de entregar la documentación en el correspondiente ayuntamiento, realizándose la inspección por el mismo de forma posterior a la puesta en funcionamiento del negocio, lo que supone una ventaja añadida a la celeridad del procedimiento, es por ello que dicho trámite se realice de forma correcta para evitar males mayores posteriormente.

¿Cuando se necesita una Licencia de Apertura Málaga?


Vamos a definir primero ¿qué es una Licencia de Apertura Málaga?

Pues, una Licencia de Apertura es una licencia municipal que es obligatoria para que en un local comercial, nave industrial u oficina se pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios. En definitiva, consiste en un documento en el que se acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de la actividad comercial en cuestión.
Además, hay que tener en cuenta que la Licencia de Apertura se concede al propietario de un negocio para el desarrollo de una actividad comercial determinada. Se deberá renovar cada vez que se cambie la actividad que se desarrolle en el local comercial, que haya modificaciones en el local comercial o que cambien de propietarios el negocio.

Como ya hemos comentado existen dos tipos de actividades:

Actividades Inocuas, que son aquellas actividades que no generan molestias.

Actividades Calificadas, que son aquellas actividades que si generan molestias (las que puedan emitir ruidos, vibraciones, gases, polvo, etcétera), o son insalubres (aquellas actividades que puedan provocar desprendimiento o evacuación de productos o sustancias perjudiciales para la salud), o nocivas (aquellas actividades susceptibles de ocasionar daños al medio ambiente) o peligrosas (aquellas actividades relacionadas con productos explosivos, combustibles, radiactivos...). En definitiva, las Actividades Calificadas son aquellas actividades que, por sus propias características, presentan un riesgo para el medio ambiente, para la salud, o para las personas.

Para el caso de las Actividades Inocuas el procedimiento para la legalización de este tipo de establecimientos se realiza de forma más sencilla mediante la Declaración Responsable.

En el caso de las Actividades Calificadas el procedimiento de legalización se realiza mediante la Licencia de Apertura.

¿Qué implica la Licencia de Apertura en Málaga y Provincia?


Para el caso de las Actividades Calificadas es requisito indispensable la presentación de un Proyecto Técnico realizado por Técnico Competente que variará según las características y dimensión del tipo de negocio (informes urbanísticos, industriales, sanitarios, medioambientales o jurídicos).

Hay que tener en cuenta que los Técnicos Competentes para realizar este tipo de Proyectos Técnicos son generalmente Ingenieros/Ingenieros Técnicos Industriales, Arquitectos, o Arquitectos Técnicos, Aparejadores y Peritos Industriales, que en todo caso deberán estar colegiados en su correspondiente Colegio Oficial, ya que será necesario incorporar el visado en dicho Colegio Profesional.

El Proyecto Técnico deberá contemplar todas las características técnicas del establecimiento y de la actividad económica a desarrollar, entre otros documentos deberá incorporar: planos de situación y distribución, dimensiones, reformas a realizar, instalaciones y cumplimiento de la normativa aplicable.

Habrá que tener en cuenta entre otras cosas: los requerimientos de la Ley de Accesibilidad para personas discapacitadas, licencias de obras en el caso que se haya de realizar algún tipo de obra para la adaptación del local comercial a la actividad, normas aplicables para cada tipo de actividad como puedan ser: insonorización para pubs, discotecas, espectáculos, talleres, etc, higiene y manipulación de alimentos (restaurantes, bares, cafeterías, etc) o normativa en caso de incendios (alojamientos turísticos, espectáculos, actividades industriales).

Más sobre la Licencia de Apertura en Málaga.


Un aspecto muy importante para el emprendedor es saber el coste de la Licencia de Apertura, el cual se divide en dos partes:

1.- Tasas Municipales: las cuales se calculan para cada local comercial teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad. Las tasas son lógicamente mayores para actividades calificadas y cuanto más relevante sea una calle y más grande el local. Varían de un Ayuntamiento a otro.

2.- Coste del Proyecto Técnico: dependerá de la complejidad del Proyecto Técnico a realizar. Además en proyectos técnicos que supongan además obras o necesiten permisos especiales aumenta el coste económico.

Requisitos habituales en las Licencias de Apertura.


Uno de los requisitos más habituales es la licencia de obras Málaga que será obligatorio en todos aquellos locales comercial que deban de ser acondicionados para obtener la licencia de apertura, y el requisito será obligatorio siempre que haya que realizar obras dentro del local.
Otro de los requisitos habituales es tener en cuenta las medidas de insonorización del local comercial y que será obligatorio para aquellos locales comerciales en los que se vayan a realizar actividades potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones, como bares, pubs, discotecas, talleres, espectáculos, centros educativos, etcétera.

Más requisitos son las medidas higiénicas que serán obligatorias para aquellos locales comerciales donde se vaya a servir comida y/o bebida, como bares, cafeterías, restaurantes, heladerías, etc.

Por último y no menos importante, otras de los requisitos habituales es el plan contra incendios que será obligatorio para todos los edificios que deberán tener señalización de evacuación, alumbrado de emergencia y extintores. Los planes contra incendios son obligatorios para los centros sanitarios, espectáculos públicos, alojamientos turísticos y actividades industriales.

¿Qué incluyen nuestros servicios de Certificados de Persistencia, Declaración Responsable o Licencias de Aperturas?


Nuestros servicios Técnicos y de Ingeniería y Arquitectura en Málaga incluyen los siguientes aspectos:

Visita al local comercial y presupuesto sin compromiso para verificar la idoneidad del local.

En el caso que el Local Comercial requiera obras asesoramos para la reforma del local Málaga.

Si el Local Comercial es apto, asesoramos si no se cumple algún tipo de requisito normativo que no se cumpla y que haya que subsanar.

Toda la Documentación Técnica que sea necesaria para la apertura de la actividad (memoria técnica, proyecto técnico, certificados, etc.)

Toda la Tramitación en el Ayuntamiento correspondiente.

No dudes, y contacta con nosotros si necesitas un Certificado de Persistencia o una Declaración Responsable o una Licencia de Apertura en Málaga o Provincia, para la apertura de tu nuevo negocio.

Certificado de Persistencia y Licencia de Apertura en Málaga

Consejos para solicitar un Certificado de Persistencia, Declaración Responsable o Licencia de Apertura.


Estos son una serie de consejos que facilitarán las gestiones del promotor del negocio y el trabajo del Técnico encargado de la legalización y trámites del negocio, lo que conllevará en agilizar trámites y acortar plazos.

1. Comente al Técnico Competente lo más detalladamente posible todo lo relacionado con el local comercial y la actividad que se va a realizar. Explique cualquier detalle, aunque pueda parecer poco relevante a acerca de su negocio, y consúltele cuantas dudas tenga acerca de los trámites necesarios. 

2. Reúna toda la documentación en relación a la actividad que se va a desarrollar que le sea posible, y sobre todo referente al local comercial o nave industrial. Si facilita planos o memoria de calidades del local o nave al Técnico Competente, agilizará posteriormente mucho su trabajo y por tanto se ganará tiempo, lo que implicará que antes se pueda abrir el negocio y antes rentabilizar económicamente la explotación de la actividad.

3. Pago de las Tasas Colegiales por visado de la Documentación Técnica. Acuerde desde el primer momento con el Técnico Competente quién va a asumir el pago de las tasas por visado de la Documentación Técnica y si van incluidas o no en el presupuesto de la Licencia de Apertura, Certificado de Persistencia o Declaración Responsable.

4. Sobre la tramitación es importante consultar con el Técnico Competente si el presupuesto incluye las tramitaciones a realizar o sólo la elaboración del proyecto o documentación técnica necesaria. Es importante, saber si el Técnico se encarga de realizar las gestiones oportunas tanto ante el Colegio Oficial (Ingenieros/Ingenieros Técnicos/Arquitectos/Arquitectos Técnicos) como ante los Organismos Oficiales, o si ha de hacerlas usted como promotor del negocio. Hay que tener en cuenta que las gestiones burocrática conllevan, en la mayoría de los casos, horas de espera y trámites en Organismos Oficiales, más aún si no se tiene experiencia a la hora de realizarlas.

5. Otro aspecto importante es de saber quién va a realizar el seguimiento del proceso. Por tanto, de primera hora deberá consultar con el Técnico Competente si él se encargará de realizar el seguimiento del expediente de la licencia de apertura o si por el contrario será usted quien en última instancia se encargará de realizar el correspondiente seguimiento.

6. Deberá consultar también con el Técnico Competente si es necesario la emisión de algún tipo de certificación en relación con la licencia de apertura (como puedan ser el certificado de final de obra o de instalación), y si es va incluido o no en el presupuesto emitido.

7. Por último, es recomendable que todos estos aspectos aparezcan detallados en el presupuesto u oferta que le presente el Técnico Competente, así como cualesquiera otros gastos como cobro por desplazamientos, mediciones, levantamiento de planos, tasas, etc.

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