¿Qué es un Declaración Responsable en Rincón de la Victoria?
Actualmente está en vigor del Real Decreto-Ley 19/2012 de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio, por lo que dependiendo del tipo de actividad del negocio que pretendas desarrollar, de la superficie (m2) del local comercial y de la zona donde se encuentre ubicado, habrá que seguir un procedimiento u otro a la hora de tramitar la Declaración Responsable.
Para empezar a explotar una actividad empresarial mediante declaración responsable, es necesario presentar este documento en el Ayuntamiento antes de su inicio.
Desde ese momento, el propietario de la actividad empresarial cuenta con el permiso necesario para iniciar dicha actividad, independientemente de si el local cumple o no las condiciones estipuladas en la normativa vigente.
El ayuntamiento posteriormente a la entrega de la Declaración Resonsable del Inicio de la Actividad se encargará de efectuar las comprobaciones necesarias mediante una inspección en el que comprobará la idoneidad de las instalaciones.
Con la Declaración Responsable en el Rincón de la Victoria el propietario de un negocio se hace responsable de la apertura del mismo y se compromete además a que el establecimiento donde ejerce su actividad cuenta con todos los requerimientos legales que establece la normativa, y los documentos que así lo acreditan y que se encuentra al corriente de los pagos de las tasas que el Ayuntamiento del Rincón de la Victoria exige en cada caso.
Cómo se hace una Declaración Responsable en el Rincón de la Victoria
Para poder realizar o llevar a cabo una Declaración Responsable en el Rincón de la Victoria hay que cumplir con los siguientes puntos:
1.- Que el establecimiento donde se desarrollará la actividad no supera los 300 m2 de superficie total.
2. Que la actividad no está clasificada según la Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
3. Que las instalaciones con las que cuenta el Establecimiento reúnen las condiciones establecidas en la Normativa Medio Ambiental y Reglamentos para su desarrollo y ejecución, Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente, Código Técnico de la Edificación CTE, Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Normativa técnico sanitaria y demás Reglamentos y disposiciones legales en vigor aplicables, para que la actividad de pueda ser ejercida en el referido establecimiento.
4. Que así mismo se han sometido las instalaciones a los procedimientos de revisión/autorización reglamentarios.
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